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ASOCIACION MUNDIAL DE ATLETAS MASTERS (WMA)

(Fundada en Gotemburgo, SWE, el 9 de Agosto de 1977)

CONSTITUCION

[Adoptada en Gotemburgo, Suecia, en 1977, con las últimas modificaciones aprobados en Buffalo, USA

en 1995, en Durban, RSA 1997, en Gateshead, GBR en 1999 y en Brisbane, AUS en 2001]

 

1. Nombre

    El nombre de nuestra agrupación será ASOCIACION MUNDIAL DE ATLETAS MASTERS, (en adelante nos referiremos a ella, por sus siglas en inglés, como "WMA")

2. Propósito

      (a) Organizar, reglamentar y administrar el atletismo para mujeres de 35 años o más de edad, y para hombres de 40 años o más de edad (en adelante nos referiremos a ellos como "masters").

      (b) Sancionar los campeonatos mundiales y otras competiciones internacionales de atletas masters.

      (c) Ratificar y registrar los récords mundiales de atletas masters por grupos de edades de cinco años (en adelante Categorías) y mantener actualizados los registros de otras actuaciones sobresalientes de los masters.

      (d) Fomentar la amistad internacional, entendimiento y cooperación a través del atletismo de masters.

3. Afiliación

      (a) Puede afiliarse sólo una organización de cada país.

      (b) Será aprobada por el Consejo la solicitud de afiliación presentada por una Federación Nacional afiliada a la IAAF en adelante "FN" de un país donde no exista un afiliado a WMA.

      (c) Será aprobada por el Consejo la solicitud de afiliación de una organización de atletas masters/veteranos autorizada por escrito por la FN, de un país donde no exista un afiliado a WMA.

      (d) La solicitud de afiliación de una organización de atletas masters/veteranos, sin la aprobación escrita de la FN, de un país que no tiene un organismo afiliado, será remitida en primera instancia a la FN por el Secretario de la WMA a la FN. Después de ello:

        i. si la FN ratifica la solicitud de afiliación dentro de los 60 días siguientes, ésta será aprobada por el Consejo.

        ii si la organización de atletas masters/veteranos, con la aprobación escrita de la FN, ratifica la solicitud de afiliación dentro de los 60 días siguientes, esta será aprobada por el Consejo.

        iii si no hay respuesta de la FN dentro de los 60 días siguientes, el Consejo de la WMA podrá aprobar su afiliación o dirigirse a la Asamblea General con la recomendación de rechazarla.

      (e) La solicitud de afiliación presentada por una FN o por una organización de atletas masters/veteranos con la autorización escrita de la FN, en un país donde ya existe un afiliado de la WMA, se someterá a los procedimientos establecidos en el Reglamento.

      (f) Una solicitud de afiliación presentada por una organización de atletas masters/veteranos sin la autorización escrita de la FN, de un país donde ya existe un afiliado a la WMA pero no afiliado a la FN, o sin la aprobación por escrito de ella, será remitida por el Secretario de la WMA a la FN. Después de ello:

        i. si la FN, ratifica o autoriza la solicitud ya presentada por la Organización de atletas Masters/Veteranos dentro de 60 días siguientes, la solicitud mencionada será sometida a los procedimientos señalados en el reglamento.

        ii. si no hay respuesta de la FN dentro de los 60 días siguientes el Consejo de la WMA determinará qué organismo será afiliado.

      (g) No será considerada la solicitud de afiliación presentada por una organización de atletas masters/veteranos de un país donde ya exista un afiliado de WMA incorporado a la FN.

      (h) El Consejo determinará si se aplica a sus afiliados una cuota de afiliación y, en su caso, su monto y su forma de pago.

      (i) Cada afiliado proporcionará al Secretario de WMA toda la información que le sea requerida, relacionada con su organización y sus directivos y, tan pronto se presenten, de las modificaciones que surjan.

      (j) Un afiliado puede ser expulsado solamente por la Asamblea General, excepto en el caso a que se refieren las Sub-secciones 3.e), 3.f) y 3.k). El Consejo tiene el derecho de suspender a un Afiliado en forma temporal, obligándose a presentar los detalles a la siguiente Asamblea General, quien tomará la decisión final

      (k) WMA no reconocerá como afiliado o no continuará reconociéndolo si su Federación Nacional es suspendida por la IAAF.

4. Asamblea General

      (a) La Asamblea General se reunirá en ocasión de cada Campeonato Mundial de WMA (de Estadio, bianual) y se integrará con el Consejo y los delegados designados por los afiliados.

      (b) En la Asamblea General cada afiliado tendrá derecho a designar a un delegado más un delegado adicional por cada cien de sus competidores en los últimos tres Campeonatos Mundiales de WMA (de Estadio), sin contar el Campeonato en curso. Ningún afiliado, sin embargo, podrá tener más de cinco delegados.

      (c) Cada uno de los miembros del Consejo y los delegados mencionados tendrán derecho a un solo voto y no podrán votar en nombre de personas ausentes. El presidente, o la persona en quien éste haya delegado sus funciones, tendrá adicionalmente un voto de calidad para decidir empates. No se permite el voto por poder.

      (d) En la Asamblea General, excepto cuando se trate de modificaciones a la Constitución, para lo cual se necesita una mayoría de dos tercios, las decisiones se tomarán en base a mayoría simple de votos, y tendrán validez legal independientemente del número de los presentes.

(e) La Asamblea General:

        i. Elegirá a los Directivos que actuarán durante un período de cuatro años hasta la siguiente Asamblea General a la próxima ( a partir de 1997):

            a) Presidente

            b) Vicepresidente Ejecutivo

            c) Vicepresidente de Estadio

            d) Vicepresidente de Eventos de Ruta

            e) Secretario

            f) Tesorero

            g) Representante de Mujeres

        ii. Tomará nota de la designación de los Delegados Regionales;

        iii. Decidirá sobre las proposiciones de enmiendas a la Constitución;

        iv. Aprobará la realización de cada campeonato mundial de atletas veteranos, considerando las proposiciones de cada Región y autorizará la firma, por parte del Consejo, del contrato conducente.

        v. Decidirá sobre todos los asuntos de política interna.

        vi. Elegir Miembros Honorarios de WMA: A propuesta del Consejo, la Asamblea General puede designar, como Miembros Honorarios de WMA:

            (i) Presidente Honorario Vitalicio, para el cuál solo quien haya sido presidente de WMA en el pasado es elegible.

            (ii) Miembros Honorarios Vitalicios, entre quienes han servido a WMA en otros puestos.

(f) La Asamblea General puede:

i Decidir respecto a propuestas de enmienda al Reglamento y/o a las Reglas de Competencia.

ii. Instruir al Consejo para que decida sobre algún asunto especifico, incluyendo una propuesta de enmienda al Reglamento y/o a las Reglas de Competencia.

iii. Delegar poderes de contingencia al Consejo sobre algún asunto específico.

      (g) La Asamblea General se conducirá de conformidad con los procedimientos establecidos en las "Robert’s Rules of Order", excepto cuando esta Constitución lo establezca en forma diferente.

      (h) El Secretario notificará a los afiliados la fecha de apertura de la Asamblea General con no menos de ciento veinte días (120) de anticipación.

      (i) La proposición de una enmienda a la Constitución, al Reglamento o a las Reglas de Competencia puede ser presentada por un afiliado o por un miembro del Consejo, pero debe estar en manos del Secretario noventa días (90) antes de la fecha de apertura de la Asamblea General. Si alguna proposición de enmienda a la Constitución no es aceptada en una Asamblea General, no se podrá presentar nuevamente en la siguiente Asamblea General, a menos que sea recomendada por el Consejo.

      (j) El Secretario enviará a los afiliados y al Consejo, con no menos de cuarenta y cinco días (45) de anticipación a la fecha de apertura de la Asamblea General, la agenda de cada sesión de la Asamblea General, incluyendo las proposiciones de enmiendas a la Constitución, al Reglamento o a las Reglas de Competencia y las candidaturas para ocupar puestos directivos.

      (k) No podrá ser delegado ante una Asamblea General de WMA, durante su período de suspensión, la persona encontrada culpable de cualquier ofensa de las señaladas en los artículos 4.(3) (b) i-iii y v del Reglamento.

      (l) Se permitirán substitutos de los Delegados Regionales cuando el Presidente Regional lo comunique por escrito al Secretario de WMA, con cuando menos 24 horas de anticipación al inicio de la Asamblea General o la Reunión del Consejo.

      (m) Cada delegado debe ser miembro del Afiliado que representa. Se pueden aceptar substitutos de cualquier delegado, pero no de un Directivo de WMA. Un substituto puede votar a nombre del delegado ausente, si es que el substituto cumple con los requisitos de delegado con derecho a voto. El substituto será presentado por escrito al Secretario de WMA, con la firma del Presidente del organismo nacional y en papelería oficial de ese Afiliado, con cuando menos 24 horas de anticipación al inicio de la Asamblea General.

      (n) Los nombres y direcciones de los Delegados ante la Asamblea General (incluidos delegados alternos o substitutos) deben entregarse por escrito al Secretario de WMA a más tardar treinta días (30) antes de la fecha de apertura de la Asamblea General. El Secretario de WMA anunciará en la página de internet de WMA los detalles de los delegados, a más tardar veinte días (20) antes de la fecha de apertura de la Asamblea General.

5. Consejo

(a) El consejo estará integrado con los siguientes directivos:

        i Presidente

        ii Vicepresidente Ejecutivo

        iii Vicepresidente para Ruta (Non-stadia)

        iv Vicepresidente para Estadio (Stadia)

        v Secretario

        vi Tesorero

        vii Representante de Mujeres

        viii Un Delegado Regional designado por cada Asociación Regional

        ix Un Delegado de la IAAF designado por la IAAF

        x El Ex-presidente inmediato, durante dos años a partir de la elección de un nuevo Presidente.

      (b) El Consejo administrará los asuntos de WMA a partir de las decisiones de la Asamblea General.

      (c) El Consejo cumplirá con las disposiciones emanadas de la Asamblea General en asuntos específicos, incluidas las proposiciones de enmienda al Reglamento y/o a las Reglas de Competencia.

      El Consejo podrá también enmendar el Reglamento y/o las Reglas de Competencia por su propia iniciativa, siempre y cuando, al hacerlo, no contravenga alguna decisión de la Asamblea General.

      (d) El Consejo considerará y decidirá sobre cualquier asunto específico que le sea presentado por la Asamblea General.

      (e) El Consejo designará a los auditores independientes y profesionales de WMA, quienes presentarán su reporte a la Asamblea General, que someterán a la siguiente reunión de la Asamblea General.

      (f) En las reuniones del Consejo se observarán las reglas de procedimientos que sean aceptables para la mayoría de los presentes.

      (g) Las decisiones del Consejo se tomarán por simple mayoría, teniendo el Presidente o quien asuma su lugar el voto de calidad en caso de empate. Se constituye quórum legal con cuando menos dos tercios de los miembros del Consejo.

      (h) El Secretario notificará a cada miembro del Consejo la fecha, la hora y lugar de cada reunión del Consejo.

      (i) El Consejo ratificará los récords mundiales de los masters en cada categoría.

      (j) El Consejo negociará los términos de cualquier contrato que interese a WMA, pudiendo delegar esa u otra función en uno o más de sus miembros.

      (k) El Consejo convocará a los posibles candidatos para realizar lo Campeonatos Mundiales de Atletas Masters, de entre sus afiliados, a tiempo de que, dos Asambleas Generales antes de la fecha propuesta para tales Campeonatos, la Asamblea General tome la decisión.

      (l) En el caso de que un afiliado dejara de cumplir con sus obligaciones dentro de los dos años previos al Campeonato, el Consejo ofrecerá los Juegos en cuestión a uno de los afiliados que solicitó, sin éxito, ser sede para los campeonatos referidos. Si ello no es posible, el Consejo solicitará de inmediato nuevas candidaturas, con la capacidad para tomar una decisión, a menos que la Asamblea General esté en condiciones de hacerse cargo del asunto con suficiente anticipación para permitir al solicitante una adecuada preparación.

      (m) El Consejo tendrá autoridad para otorgar la condecoración de Botón de Bronce WMA a las personas que han prestado servicios excepcionales a WMA y que no son elegibles para poder obtener la Membresía Vitalicia honoraria como se establece en la Sección 4, inciso (e)(vii)

6. Elección de Directivos

      (a) El Presidente, el Vicepresidente Ejecutivo, el Vicepresidente de Estadio, el Vicepresidente de Ruta, el Secretario, el Tesorero y la Representante de Mujeres serán electos cada cuatro años, mediante votación secreta, en la Reunión de la Asamblea General.

      Cuando haya más de dos candidatos para un puesto, y ninguno de ellos alcance la mayoría de votos, el candidato con el menor número de votos será excluido y, sin él, se repetirá la votación. Se continuará votando de esta manera hasta que algún candidato alcance la mayoría simple de votos.

      (b) El puesto de Representante de Mujeres será ocupado independientemente de que algún otro puesto del Consejo este ya ocupado por otra mujer.

      (c) Ningún funcionario podrá tener más de un puesto en el Consejo simultáneamente Sin embargo, si un funcionario no pudiera, por cualquier circunstancia terminar su período los restantes miembros del Consejo nombrarán a la persona que le substituya y realice sus funciones hasta la siguiente Asamblea General. Ningún funcionario podrá tener el mismo puesto durante más de dos períodos consecutivos.

      (d) La nominación de candidatos para un puesto puede ser presentada por un Afiliado, y debe llegar, en la forma adecuada, a manos del Secretario de WMA, a más tardar noventa días(90) antes del inicio de la Asamblea General.

      La nominación para candidatos puede hacerse por el Consejo – Estatutos, Sección 3.

      Se puede aceptar la nominación presentada en la Asamblea General misma, solamente en el caso de que el Presidente considere que existen razones suficientes para que la nominación no se haya presentado en la forma prevista.

      (e) Los funcionarios electos tomarán posesión de su puesto una vez terminados los Campeonatos en cuya ocasión fueron electos por la Asamblea General.

7. Los Directivos

(a) El Presidente

        i. El Presidente será el principal ejecutivo de WMA y será él quien presida las reuniones de la Asamblea General y del Consejo.

        ii El Presidente someterá por escrito, a cada reunión de la Asamblea General, un informe de todas las actividades y negocios de WMA realizados desde la reunión inmediata anterior de la Asamblea General.

        iii. El Presidente, con la aprobación del Consejo, designará a los integrantes de los distintos Comités de WMA.

        iv. El Presidente tendrá el derecho de incorporarse a cualquier Comité de WMA personalmente o mediante un representante personal.

        v. El Presidente será uno de los firmantes de todo contrato o acuerdo del cual WMA sea parte.

(b) El Vicepresidente Ejecutivo

        i. El Vicepresidente Ejecutivo asistirá al Presidente y, cuando sea necesario, tomará su lugar.

        ii. En el caso de que el Presidente, por la razón que sea, no complete su periodo de ejercicio, el Vicepresidente Ejecutivo asumirá las responsabilidades del Presidente hasta la siguiente Asamblea General.

        iii. El Vicepresidente Ejecutivo presidirá el Comité Asesor de Organización.

(c) El Vicepresidente para Estadio

        i. El Vicepresidente para Estadio presidirá el Comité de Estadio.

        ii El Vicepresidente para Estadio será responsable de los asuntos relacionados con las pruebas de pista y campo y, siguiendo las instrucciones del Consejo, cooperará en la forma que sea necesaria con los Comités Organizadores de todos los Campeonatos Mundiales de Atletismo de Veteranos en Estadio con el fin de asegurar la organización y conducción adecuada de todos los eventos de su área de responsabilidad.

(d) El Vicepresidente para Ruta

        i. El Vicepresidente para Ruta presidirá el Comité de Pruebas de Ruta.

        ii El Vicepresidente para Ruta será responsable, siguiendo las instrucciones del Consejo, de todos los asuntos relacionados con las carreras y pruebas de caminata realizadas en caminos, calles, carreteras y a campo traviesa. Cooperará en la forma que sea necesaria con el Comité Organizador de los Campeonatos Mundiales de Atletas Veteranos con el fin de asegurar la organización y conducción adecuada de todos los eventos de su área de responsabilidad.

(e) El Secretario

        i. El secretario tomará las minutas de todas las reuniones de la Asamblea General y del Consejo.

        ii. El Secretario acatará toda enmienda a los Estatutos aprobada por la Asamblea General y toda enmienda a los Reglamentos y/o a las Reglas de Competencia aprobada por la Asamblea Gene ral o por el Consejo.

        iii. El Secretario enviará a todos los afiliados e integrantes al Consejo las minutas de dicha reunión, junto con los Estatutos, los Reglamentos y las Reglas de Competencia revisados, a más tardar sesenta (60) días después del cierre de cada reunión de la Asamblea General.

        iv. Enviará las minutas de todas las reuniones del Consejo a cada uno de sus integrantes.

        v. El Secretario mantendrá un registro de todos los afiliados.

        vi. El Secretario mantendrá informados a los afiliados de todas las actividades de la WMA.

(f) El Tesorero

        i. Antes del Campeonato de Pista y Campo, El Tesorero presentará al Consejo y a los Afiliados, un proyecto de presupuesto para el siguiente periodo contable. Antes de la Asamblea General el Consejo revisará y aprobará el presupuesto para informar de ello a la Asamblea.

        ii. El Tesorero manejará una cuenta bancaria a nombre de la WMA.

        iii. El Tesorero recabará fondos para la WMA y efectuará pagos de acuerdo con el presupuesto aprobado por el Consejo.

        iv. Una vez al año, el Tesorero presentará al Consejo un informe financiero interno.

        v. El Tesorero llevará todos los registros financieros de la WMA.

        vi. El Tesorero será uno de los firmantes de todo cheque expedido por la WMA.

        vii. El Tesorero será uno de los firmantes de cada contrato.

 (g) La Representante de Mujeres

        i. La Representante de Mujeres presidirá el Comité Femenino.

        ii. La Representante de Mujeres será miembro ex-oficio del Comité Médico y de Doping.

        iii. La Representante de Mujeres se asegurará de que en todo tiempo se den las consideraciones adecuadas a los intereses de las atletas masters/veteranas

        iv. Sujeta a las instrucciones del Consejo, la Representante de Mujeres cooperará en la forma que sea necesaria con el Comité Organizador de los Campeonatos Mundiales de Atletas Masters con el fin de asegurar la atención adecuada a los intereses particulares de las atletas participantes.

8. Asamblea de Mujeres (Cancelada en Brisbane 2001)

9. Comités Permanentes

Tan pronto como sea posible después de cada reunión cuadrienal de la Asamblea General, el Presidente, con la aprobación del Consejo, nombrará a los integrantes de los siguientes Comités Permanentes, cuyo cargo durará hasta la siguiente reunión de elecciones de la Asamblea General, a menos que específicamente se indique en forma diferente en la Constitución o el Reglamento.

      (a) Comité de Estadio

      El Comité de Estadio (Pista y Campo) tendrá jurisdicción sobre todos los eventos que tienen lugar dentro del estadio, siempre conforme a las decisiones tomadas por el Consejo de WMA. Ello incluye, aunque no se limita a:

        i todas las carreras y pruebas de marcha en pista, como parte de una competencia en pista

        ii todos los eventos de campo

        iii todas las competencias de eventos combinados

                     (b) Comité de Ruta

                     El Comité de Ruta (Largas Distancias) tendrá jurisdicción sobre todos los eventos que no tienen      

                     lugar dentro de un estadio, siempre conforme a las decisiones tomadas por el Consejo de WMA.  

                     Ello incluye, aunque no se limita a:

        i Carreras de Ruta (Incluyendo el Campeonato Mundial de 100 Kms en cada año impar, a partir de 2003)

        ii Carreras a campo traviesa

        iii Pruebas de Marcha en Ruta

      (c) Comité Disciplinario

      El Comité Disciplinario tendrá jurisdicción sobre todas las actividades de WMA relacionadas con problemas de disciplina, siempre conforme a las decisiones tomadas por el Consejo de WMA.

      (d) Comité Anti-doping y Médico

      El Comité Anti-doping y Médico tendrá jurisdicción sobre todas las actividades de WMA relacionadas con problemas de dopaje y médicos, incluyendo verificación de sexo y efectos de la edad, siempre conforme a las decisiones tomadas por el Consejo de WMA. Se entiende que este comité buscará trabajar en estrecha colaboración con el Comité Médico de la IAAF.

      (e) Comité Legislativo

      El Comité Legislativo revisará toda propuesta de enmienda a la Constitución y/o al Reglamento que haya recibido del Secretario, para verificar claridad en el lenguaje y evitar cualquier inconsistencia con la Constitución y/o al Reglamento vigentes, siempre conforme a las decisiones tomadas por el Consejo de WMA.

      (f) Comité de Récords

      El Comité de Récords considerará y verificará todas las solicitudes de reconocimiento de récords mundiales, lo mismo que las "mejores marcas", en cada categoría; mantendrá registro de las actuaciones sobresalientes de los atletas masters/veteranos y, siguiendo las instrucciones del Consejo de WMA, mantendrá actualizada la lista de récords mundiales y de "mejores marcas", en cada categoría.

      (g) Comité Asesor de Organización

      Este Comité actuará como enlace entre WMA y el Comité Organizador Local en relación a todos los asuntos.

      (h) Comité de Mujeres

      Este comité representará los intereses de las atletas mujeres.

      (i) Las reuniones de los Comités de Estadio, de Ruta y de Mujeres que se realicen durante los Campeonatos Mundiales de Estadio tendrán el carácter de «abiertos» (a los que puede asistir cualquier atleta que así lo desee).

10. Regiones

      (a) WMA reconoce las regiones de Africa, Asia, Europa, Norte, Centroamericana y del Caribe, Oceanía y Sudamérica. A menos que específicamente se acepte alguna excepción siguiendo el procedimiento señalado más adelante en el párrafo 10(c), se adoptarán las agrupaciones establecidas por la IAAF.

      Las Regiones de WMA podrán solo aceptar la participación de organismos nacionales de atletas masters/veteranos afiliados a WMA, conforme a lo establecido en la sección 3 de la Constitución de WMA.

      (b) Los afiliados en cada región se constituirán en Asociación Regional de la WMA. Cada Asociación Regional elegirá su propio Consejo Regional; establecerá Asambleas Regionales y adoptará su propia Constitución y Reglamentos, los cuales no se opondrán en ningún sentido con aquellos de WMA.Presentarán al Secretario de WMA copias de sus Estatutos y Reglamentos.

      (c) Si una organización de Masters/Veteranos desea ser transferida de una región a otra, el afiliado debe solicitarlo a la región a la que pertenece, que lo considerará en la siguiente reunión de su Consejo. Si la transferencia es aceptada, la Región lo solicitará, en nombre del afiliado interesado, a la Región a la que desea transferirse. Esta Región lo considerará a su vez en la siguiente reunión de su Consejo. Si la transferencia es aprobada, el Consejo Regional enviará la solicitud al Secretario de WMA, quien lo enviará a la IAAF con la recomendación de ser aprobada. Si cualquiera de las regiones o la IAAF desaprueban la transferencia, ésta no tendrá lugar.

      (d) Cada Asociación Regional, en cada una de sus asambleas regionales, designará a un Delegado Regional que representará a los afiliados de su Región ante el Consejo de WMA.

      (e) En el caso de que una Asociación Regional no designe a su Delegado Regional, el Presidente de WMA, con la aprobación del Consejo nombrará al Delegado que estará en funciones hasta la si guiente reunión de su Asamblea General.

      (f) Si, por cualquier razón, un Delegado Regional no completara su período de ejercicio, el Consejo Regional nombrará un Delegado Regional reemplazante que estará en funciones hasta la siguiente reunión de la Asamblea General. Si el Consejo Regional no nombrara al reemplazante en sesenta días, el Presidente de WMA lo hará con la aprobación del Consejo de WMA.

      (g) Las Asociaciones Regionales pueden conducir competiciones inter-regionales.

11. Acusaciones

      (a) Un miembro del Consejo puede ser acusado si se considera que ha realizado sus funciones en forma inadecuada o porque no haber cumplido con sus obligaciones en forma satisfactoria.

      (b) Ocho (8) miembros indistintos del Consejo o doce (12) Afiliados representando a un mínimo de veinticinco (25) delegados con derecho a voto, podrán instalar un proceso de acusación contra un miembro del Consejo, mediante notificación al Secretario de WMA, con copia al acusado, en un escrito que describa los cargos por los cuales se le acusa. Cuando el procedimiento de acusación es solicitado por doce (12) Afiliados, su notificación al Secretario deberá ser firmada por el Secretario y el Presidente de cada afiliado.

      (c) El Secretario deberá informar de ello, por escrito, a todos los miembros del Consejo, a mas tardar siete (7) días después de haber recibido los cargos. El Presidente puede suspender al acusado de su puesto mientras que el procedimiento se concluye.

      (d) Si los cargos llegan al Secretario menos un año antes del comienzo de los siguientes Campeonatos Mundiales (de Estadio) de Atletas Master/Veteranos, los cargos y la respuesta del acusado serán considerados por la Asamblea General siguiente, donde el voto formal decidirá la situación.

      (e) Si los cargos llegan al Secretario un año o más antes del siguiente Campeonato Mundial de WMA (de Estadio), el Secretario notificará de inmediato al acusado que su respuesta a los cargos debe ser recibida por el Secretario mismo no más de cuarenta y cinco (45) días después de tal notificación.

      El Secretario enviará a cada afiliado copia de los cargos y de la respuesta del acusado, además de una forma de votación que permita a cada afiliado emitir su opinión utilizando el mismo número de votos a que tuvo derecho en la última Asamblea General. El Secretario hará saber a todo afiliado que sus votos deberán llegar a la Secretaria a más tardar treinta (30) días después de la fecha de envío de tal comunicación. El Secretario tabulará los resultados de la votación y dentro de los veintiún (21) días siguientes, informará del resultado a todos los afiliados y a los miembros del Consejo. Si la acusación es válida, el Presidente destituirá al acusado como miembro del Consejo.

      (f) Si la acusación se presenta en contra del Presidente o del Secretario, sus funciones, durante el proceso, serán llevadas a cabo por el Vicepresidente Ejecutivo.

12 Elegibilidad

      (a) Todo master/veterano es elegible para participar en competencias atléticas para veteranos. A ningún master/veterano se le negará la participación por razones de raza, religión afiliación política, nacionalidad o lugar de residencia .

      (b) Solamente los masters/veteranos que sean miembros de países afiliados serán elegibles para desempeñar cargos como delegados ante la Asamblea General, la Asamblea de Mujeres o como miembro del Consejo.

13. Definición

    Para motivos de interpretación de esta Constitución y los Reglamentos, el género masculino incluye también al femenino. Cualquier referencia a masters incluye a los veteranos y el singular incluye al plural y viceversa en todos los casos.

14. Disolución

En el caso de disolución de la WMA, sus bienes serán distribuidos entre sus afiliados en proporción al número de delegados que hayan acreditado ante la Asamblea General más reciente.

 

15 Status

    WMA es un organismo independiente, totalmente independiente de sus miembros y, por ello sus acciones u omisiones son responsabilidad del organismo y no de sus miembros individuales o los miembros de su Consejo. Por ello, ninguno de ellos será personalmente responsable de las acciones u omisiones de WMA o de su Consejo. Pero las acciones u omisiones de un individuo a título personal, le hacen responsable de ellas conforme a la Ley.

     

    Versión en inglés